Inmigración basada en el empleo

Padilla Law ayuda a individuos y empresas a estructurar y preparar peticiones y solicitudes de visas inmigratorias y no-inmigratorias para diversas categorías de ciudadanos extranjeros elegibles para residencia y empleo en los Estados Unidos a base de su educación y logros ocupacionales.

A. Visas inmigratorias basadas en empleo:

Habilidad extraordinaria significa un nivel de pericia excepcional, lo que indica que el individuo es uno de esos pequeños porcentajes que ha llegado a la cima del logro en un campo de actividades. 8 CFR § 204.5(h)(2). Dichas personas deben poder demostrar habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo a través de un reconocimiento nacional o internacional sostenido. Los ejemplos incluyen poseedor del récord mundial, medallista olímpico, jugador de fútbol de la Copa Mundial, finalista del US Open, músico de renombre, cineasta, diseñador de moda, inventor, científico, ganador del Oscar, ganador del Grammy, modelo de categoría “top”, participantes de Miss Universo, miembro del elenco de espectáculos premiados, político, artista aclamado por la crítica y de renombre nacional y empresarios y profesionales de élite en el sector informático. Sus logros deben ser reconocidos en el campo a través de una extensa documentación. No se requiere una certificación laboral para personas con habilidades extraordinarias, es decir, el solicitante no necesita demostrarle a USCIS que no se encontraron solicitantes calificados para el trabajo que desea realizar en los EE. UU. No se requiere una oferta de trabajo específica, pero el solicitante debe venir a trabajar en su campo específico y debe ser evidente cómo se va a mantener a sí mismo.

EB-1B es una visa inmigratoria disponible para miembros destacados del mundo académico a petición de una universidad estadounidense. Los requisitos son los siguientes:

  • La oferta de trabajo debe ser de una universidad o institución de educación superior de EE. UU. que ofrezca un puesto permanente de docente o de investigación, o de un empleador privado que ofrezca un puesto permanente de investigación;
  • El empleo puede ser en cualquier campo académico;
  • No se requiere certificación laboral;
  • El extranjero debe tener 3 años de experiencia previa en docencia/investigación;
  • Debe tener testimoniales: 4-5 cartas objetivas y contundentes. Los expertos que suscriban las cartas testimoniales deben ser aceptables a los Servicios Estadounidenses de Inmigración y Ciudadanía (“USCIS”), es decir que la calidad de sus credenciales no puede dejar duda.
  • Publicaciones detalladas sobre el solicitante (solo referencias a su nombre no son suficientes).

Las empresas estadounidenses con sucursales extranjeros o empresas matrices extranjeras pueden solicitar una visa inmigratoria para ciudadanos extranjeros que deseen emplear como ejecutivos o gerentes. Los beneficiarios deben haber trabajado para un sucursal extranjero o una empresa matriz extranjera del peticionario estadounidense durante al menos un año en los últimos tres años antes de la admisión en los EE. UU. Dicho peticionario corporativo estadounidense debe existir al menos 1 año.

Los ejecutivos son personas quienes:

  • dirigen la gestión de la organización o de un componente o función importante de la organización;
  • establecen las metas y políticas de la organización, componente o función;
  • ejercen una amplia libertad en la toma de decisiones discrecional; y
  • reciben sólo supervisión general de ejecutivos de nivel superior, la junta directiva o los accionistas de la organización.

Los gerentes son personas quienes:

  • gestionan la organización, o un departamento, subdivisión, función o componente de la organización;
  • supervisan y controlan el trabajo de otros empleados supervisores, profesionales o directivos, o gestionan una función esencial dentro de la organización, o un departamento o subdivisión de la organización;
  • están autorizados contratar y despedir a empleados supervisados, o recomendarlos para un ascenso u otra acción de personal, o (si no hay supervisados inmediatos) y funcionan en un nivel superior dentro de la jerarquía organizacional; y
  • dirigen las operaciones cotidianas de la actividad o función sobre la cual tienen autoridad.

No se requiere certificación laboral. La visa EB-1C es conveniente y a menudo es utilizada por ejecutivos y gerentes extranjeros que obtienen primero una visa L-1 no-inmigratoria de transferido empresarial para adquirir una residencia permanente en los EE. UU.

Un diploma o título avanzado significa una maestría o un título superior de una universidad estadounidense (p.e. Ph.D) o su equivalente extranjero. Alternativamente, una persona puede demostrar una licenciatura con al menos cinco años de experiencia progresiva posterior a la licenciatura.

Los extranjeros con habilidades excepcionales en ciencias, artes o negocios deben demostrar 3 de los siguientes:

  • Un registro oficial que muestre título, diploma o premio en un área de habilidad excepcional;
  • Diez años de experiencia a tiempo completo;
  • Licencia o certificado para ejercer la profesión;
  • Evidencia de que el extranjero recibe un salario u otra remuneración por servicios que demuestra una capacidad excepcional;
  • Membresía en asociaciones profesionales;
  • Reconocimiento por logros y contribuciones significativas en su campo.

Una oferta de trabajo debe demostrar que el empleo requiere objetivamente un título profesional avanzado o calificaciones de un extranjero con una habilidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. El empleador debe comprometerse a pagarle al beneficiario un salario prevaleciente, según lo determine el Departamento de Trabajo de EE. UU.. Se requiere certificación laboral, lo que significa que el empleador solicitante debe anunciar el puesto en varios medios para ofrecerlo primero a un trabajador estadounidense mínimamente calificado. A menudo, es difícil obtener una certificación laboral porque los trabajadores estadounidenses mínimamente calificados para un puesto anunciado están disponibles y dispuestos a trabajar. El empleador solicitante no está obligado a contratar a dicho trabajador estadounidense mínimamente calificado, pero no puede continuar patrocinando a un extranjero para una visa inmigratoria. Se puede prescindir de la certificación laboral para ciertos profesionales que hayan demostrado altos logros en sus campos según las disposiciones legales de la Exención de Interés Nacional (“NIW”).

Para obtener una NIW, el peticionario debe mostrar lo siguiente: (Caso de Dhanasar se estableció como precedente y la decisión en el Caso del Departamento de Transporte del Estado de Nueva York, 22 I&N de diciembre de 215 (Comm 1998) ha sido anulada)

  • El esfuerzo propuesto por el extranjero tiene tanto mérito sustancial como importancia nacional;
  • Él solicitante está bien posicionado para avanzar en el esfuerzo propuesto;
  • En definitiva, sería beneficioso para los EE. UU. prescindir del requisito de una oferta de trabajo y, por tanto, de una certificación laboral.

Se requiere evidencia sustancial para documentar la elegibilidad de NIW, que incluye, entre otros (lo que esté disponible), cartas de recomendación de colegas u otras autoridades en el campo del empeño, copias de los artículos escritos por el solicitante, copias de artículos donde se mencionaron los logros del solicitante, copias de los premios que se le habían otorgado, recibos que demuestren un salario alto o cualquier otro pago, y una declaración de la iniciativa propuesta (un plan comercial o profesional).

Para todos los beneficiarios de EB-3 se requiere una oferta de trabajo y el empleador estadounidense actúa como peticionario. Para todos los titulares de licenciatura, el puesto debe exigir objetivamente un título de licenciatura. Todos los trabajadores calificados deben tener educación o capacitación en su campo y un mínimo de 2 años de experiencia laboral. Sus puestos deben exigir objetivamente las competencias que poseen. Los empleadores solicitantes deben comprometerse a pagar el salario prevaleciente según lo determine el Departamento de Trabajo de EE. UU. También se requiere una certificación laboral, lo que significa que el empleador solicitante debe anunciar el puesto en varios medios para ofrecerlo primero a un trabajador estadounidense mínimamente calificado. A menudo, es difícil obtener una certificación laboral porque los trabajadores estadounidenses mínimamente calificados para un puesto anunciado están disponibles y dispuestos a trabajar. El empleador solicitante no está obligado a contratar al trabajador estadounidense mínimamente calificado, pero no puede continuar patrocinando a un extranjero para una visa inmigratoria. 

Sólo se emiten 10.000 visas EB-3 cada año para trabajadores no calificados, y la lista de espera en esta categoría actualmente se extiende por muchos años. Todos los solicitantes de la categoría de visa EB-3 deben verificar periódicamente en el Boletín de Visas si las fechas para la categoría EB-3 están actualizados. Hay dos filas separadas para trabajadores calificados y profesionales, y "otros trabajadores".

Nota especial para enfermeras y fisioterapeutas como beneficiarios de visas EB-3:

Debido a la escasez de enfermeras y fisioterapeutas en los EE. UU., estos profesionales médicos que vienen a los EE. UU. para trabajar en sus ocupaciones de atención médica están exentos de la certificación laboral.

B. Visas no-inmigratorias basadas en el empleo

Las visas de no inmigrante basadas en empleo otorgan al beneficiario un derecho temporal de trabajar para un empleador particular en los EE. UU.

La visa H-1B es una visa no inmigratoria para trabajadores del término limitado (hasta 6 años) a los Estados Unidos si el empleado trabajará en una “ocupación especializada”, es decir, en un puesto profesional.

Una ocupación especializada requiere la aplicación teórica y práctica de un conjunto de conocimientos especializados junto con al menos una licenciatura o su equivalente. Por ejemplo, arquitectura, ingeniería, matemáticas, ciencias físicas, ciencias sociales, medicina y salud, educación, especialidades comerciales, contabilidad, derecho, teología y artes son ocupaciones especializadas.

Si el solicitante tiene un título universitario o experiencia laboral y el trabajo requiere un título universitario (según el Departamento de Trabajo de EE. UU.), entonces el solicitante podría obtener una visa de trabajo H-1B. Los cónyuges e hijos de titulares de visas H-1B pueden ingresar y permanecer en los EE. UU. con el estatus H-4. Los titulares de visas H-4 pueden asistir a la escuela en los EE. UU. pero no pueden aceptar empleo.

Ciertos empleadores (instituciones de investigación sin fines de lucro afiliadas a universidades) están exentos de las limitaciones de cantidades de visas y loterías. Pueden patrocinar cualquier número de empleados para H-1B y pueden iniciar el proceso de solicitud en cualquier momento.

Los ejecutivos con estatus L-1A pueden hacer la transición a un estatus de residente permanente legal (titular de una tarjeta verde) sin un proceso de certificación laboral oneroso como ejecutivos internacionales (EB-1C).

La visa L-1 es útil para propietarios de negocios y empresarios inmigrantes que desean iniciar un nuevo negocio, expandir su negocio existente o “probar el terreno” de hacer negocios en los EE. UU. sin una gran inversión. Uno puede simplemente formar una subsidiaria o sucursal en los EE. UU. y transferir empleados extranjeros bajo la visa L-1 para trabajar en los EE.UU. en esta sucursal. No se exige una inversión mínima ni un número determinado de empleados, sin embargo, la empresa debe demostrar que después de un año puede apoyar las actividades del titular de la visa L-1. Para empresas extranjeras más establecidas que se están expandiendo o creciendo en los EE. UU., la Visa L-1 también es perfecta para traer temporalmente a un ejecutivo, gerente (ambos cubiertos por la visa L-1A) o empleados con conocimientos o habilidades especializados (cubiertos por la visa L-1B) a los EE. UU.. La compañía extranjera debe ser una entidad comercial/operadora, no simplemente una compañía que invirtió en títulos de valores u otros bienes. Un ejemplo de sociedad inversionista es una que simplemente posee unas pocas propiedades de alquiler y que no requiere trabajo diario por parte de los empleados. Por otro lado, una compañía de desarrollo que ha hecho construir muchos edificios residenciales y comerciales durante un período de tiempo y que constantemente compra y desarrolla propiedades es una compañía comercial. Los cónyuges de los titulares de visa L-1 son autorizados a trabajar y los hijos menores pueden inscribirse en escuelas públicas. El tiempo en el estatus L-1A está limitado a 7 años para ejecutivos y gerentes (L-1A) y a 5 años para trabajadores esenciales (L-1B). Los ejecutivos con estatus L-1A pueden hacer la transición a un estatus de residente permanente legal (titular de una tarjeta verde) sin un proceso de certificación laboral oneroso como ejecutivos internacionales (EB-1C). 

La visa O-1 es una excelente manera para que artistas extranjeros establecidos traigan su talento a los EE. UU.

Sin embargo, también está disponible fuera de las actividades artísticas. Los requisitos para el estatus O-1 son paralelos a los de la clasificación de inmigrantes basada en el empleo de primera preferencia (EB-1). La visa O-1 tiene las siguientes subcategorías:

  • O-1A: personas con una habilidad extraordinaria en las ciencias, la educación, los negocios o el atletismo (sin incluir las artes, el cine o la industria de la televisión)
  • O-1B: personas con una habilidad extraordinaria en las artes o logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión.
  • O-2: personas que acompañarán a un O-1, artista o atleta, para ayudar en un evento o actuación específica. Para un O-1A, la asistencia del O-2 debe ser una “parte integral” de la actividad del O-1A. Para un O-1B, la asistencia del O-2 debe ser "esencial" para completar la producción del O-1B. El trabajador O-2 tiene habilidades y experiencia críticas con el O-1 que un trabajador estadounidense no puede realizar fácilmente y que son esenciales para el desempeño exitoso del O-1.
  • O-3: personas que son cónyuges o hijos de O-1 y O-2

Un beneficiario de visa O-1 debe ser solicitado por una empresa estadounidense o un agente estadounidense. El peticionario debe obtener una opinión consultiva por escrito de un grupo de pares estadounidenses con experiencia en el área de capacidad del beneficiario.

Si la petición O-1 es para una persona con logros extraordinarios en cine o televisión, la opinión consultiva debe provenir de un sindicato laboral apropiado y una organización gerencial con experiencia en el área de habilidad del beneficiario. Si el peticionario puede demostrar que no existe un grupo de pares apropiado, incluida una organización laboral, la decisión se basará en la evidencia del expediente. El peticionario debe establecer que existen eventos o actividades en el campo de habilidad extraordinaria del beneficiario para el período de validez solicitado, p.e., un itinerario para un recorrido o una serie de eventos. A diferencia de la visa H-1B, no existe el requisito de que el peticionario pague al beneficiario un salario prevaleciente.

La visa P-1 se divide en dos categorías: P-1A o P-1B. La categoría de visa P-1A se aplica a atletas reconocidos internacionalmente que vienen a los EE. UU. temporalmente (individualmente o como equipo) para desempeñarse en una competencia atlética específica, a un nivel de desempeño reconocido internacionalmente. La categoría de visa P-1B se aplica a ciudadanos extranjeros que vienen a los EE. UU. temporalmente para actuar como miembros de un grupo de entretenimiento que ha sido reconocido internacionalmente como destacado en la disciplina por un tiempo.

Los atletas y artistas P-1 también pueden traer a asistentes u otro personal de apoyo esencial a los EE. UU. con visa P-2.

Requisitos para la Visa P-1

  • Evidencia del reconocimiento internacional;
  • Una oferta de trabajo formal que especifique las fechas para las cuales se solicita la autorización de trabajo e identifique eventos, actuaciones, competencias o compromisos específicos en los que actuará el titular de la visa P;
  • Una opinión consultiva escrita de una organización laboral que describe las habilidades y logros de un individuo en su campo;
  • Para grupos de entretenimiento, al menos el 75% de los miembros del grupo deben haber tenido una relación sustancial con el grupo durante al menos un año;
  • Para los atletas, un contrato con una liga o equipo deportivo importante de EE. UU. o evidencia comparable.

Los atletas que no puedan cumplir con el “estándar de habilidad extraordinaria” requerido para una visa O-1 pueden solicitar una visa P-1. Para calificar para una visa P-1, el atleta debe demostrar que es reconocido internacionalmente y que viene a los EE. UU. para participar en una liga o evento con una reputación distinguida. Los atletas bajo contrato con la NHL, NBA, MLB, MLS y NFL solo necesitan demostrar que tienen un contrato de liga mayor para calificar para una visa P-1.

 Las visas P-1 tienen las siguientes limitaciones:

  • Los animadores P-1 (aunque no atletas) deben actuar como parte de un grupo y no individualmente;
  • Los titulares de P-1 pueden trabajar para varios empleadores; sin embargo, cada empleador debe presentar una solicitud de visa;
  • Los dependientes de los P-1 pueden permanecer en los EE. UU., pero no pueden trabajar.
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